1) «Establecer la finalización de la temporada 2019/20 de la Primera División (Superliga), Primera Nacional, B Metropolitana, C, D y Federal A.»
2) «Disponer que la próxima temporada deportiva se extenderá de enero a diciembre de 2021, quedando establecido que todas las temporadas se disputarán en el mismo lapso temporal de los años sucesivos.»
3) «Determinar, para todas las categorías referidas en el artículo primero, que los descensos establecidos para la presente temporada 2019/20 y los correspondientes a la temporada 2021, quedan sin efecto, manteniendo todos los clubes la categoría.»
4) «Asignar al campeón del Campeonato de Primera División 2019/2020 la posición ‘Argentina 1’ a la Libertadores 2021.»
5) «Prever, siempre que así lo permitan las directivas emanadas desde el Gobierno nacional y las autoridades sanitarias para el segundo semestre del año, la forma de establecer los resultados deportivos y la programación de un torneo integrado por los clubes que participan en la Superliga, cuya reglamentación quedará sujeto a las normas que oportunamente dicte el Comité Ejecutivo, y que clasificará la plaza para la Libertadores 2021 correspondiente a la «Copa de la Superliga 2020», a la que se le asigna la posición ‘Argentina 2’.»
6) «Determinar la forma de establecer los resultados deportivos y reprogramar, eventualmente, en el segundo semestre del corriente año, siempre que así lo permitan las autoridades, la «Copa Argentina 2020» que mantendrá la plaza correspondiente para la Libertadores 2021, a la que se le asigna la posición «Argentina 3».
7) «Asignar a los tres (3) mejores equipos de Primera División, considerando la tabla general de posiciones, las plazas ‘Argentina 4, 5 y 6’ respectivamente, a la Libertadores 2021.«
8) «Asignar a los siguientes seis (6) mejores equipos de Primera División, las plazas ‘Argentina 1, 2, 3, 4, 5 y 6’ respectivamente, a la Sudamericana 2021.«
9) «Ratificar el sistema de promedios vigente para la Primera División, a los fines de determinar los descensos a la finalización de la temporada 2022, donde serán computables a tal fin, el promedio de puntos que cada club obtenga en las temporadas 2019/20, 2021 y 2022.»
10) «Diferir para el segundo semestre del corriente año la definición de los mecanismos para determinar, a través de la disputa de torneos reducidos, los resultados deportivos y la proclamación de ascensos en la Primera Nacional, B Metropolitana, C, D y Federal A.»
11) «Determinar la finalización de los Campeonatos de Fútbol Femenino 2019/2020 ; para los cuales quedan sin efectos los descensos; la plaza a la Conmebol Libertadores de Fútbol Femenino se otorga al equipo que ocupaba la primera posición en la Fase Clasificatoria del Campeonato de Primer División 2019/2020 de Fútbol Femenino al momento de la suspensión del certamen; y, eventualmente, siempre que así lo permitan las directivas e instrucciones emanadas desde el Gobierno nacional y las autoridades sanitarias, el Comité Ejecutivo establecerá la forma para determinar los resultados deportivos y los ascensos de Categoría.»
Fuente: Página 12
Diego Martín Yamus.
diegoanita@hotmail.com.ar
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